El TSE autoriza notificaciones vía secretaría por ausencia alguacil

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El Tribunal Superior Electoral (TSE), aprobó a través de resolución que los casos de impugnaciones a resultados de las elecciones municipales realizadas el pasado 15 de marzo, sean notificadas a las partes a través de la secretaría general de ese órgano y a través de las juntas electorales.

La decisión adoptada por el pleno, amparada en que el pasado 19 de marzo, el Consejo del Poder Judicial dispuso la suspensión de la realización de notificaciones a cargo de los alguaciles o ministeriales mientras permanezca el estado de emergencia provocada por el Covid-19.
Asimismo dispuso, que las demandas sometidas a partir de esa misma fecha en las que intervengan personas físicas se realicen, a requerimiento de la parte interesada, mediante actuación notarial.
“La situación que ha provocado a las partes la imposibilidad de realizar las notificaciones correspondientes, y en vista de que el TSE tiene la responsabilidad constitucional de dar solución, antes del 24 de abril de este año a todos los casos relacionados con las pasadas elecciones municipales que sean sometidos a su conocimiento”, sostiene la resolución TSE-002-2020 en la que estatuye sobre las notificaciones de los expedientes contenciosos electorales recibidos a partir del pasado miércoles dieciocho 18 de marzo.
El Tribunal ya había emitido también la resolución 001-2020 donde indica que estos casos serán conocidos en Cámara de Consejo y no en audiencias públicas debido al mismo estado de excepción.
En ese sentido, se informó que del 18 al 24 del mes en curso, el tribunal recibió un total de cincuenta y cuatro expedientes, de los cuales cuarenta y cuatro están vinculados con las elecciones extraordinarias municipales y diez expedientes están relacionados con la admisión de candidaturas para las elecciones del 17 de mayo próximo.
“Estos hechos obligan al Tribunal a adoptar los recaudos necesarios con tal de garantizar el cumplimiento del calendario electoral sin ninguna demora y a la vez tutelar los derechos de las partes en los procesos que cursan actualmente”, señala.
Juntas electorales son más demandadas
De los 55 expedientes la Junta Central Electoral o las Juntas Electorales figuran como demandadas, recurridas, impugnadas o accionadas en cincuenta; los partidos políticos figuran como demandados, recurridos, impugnados o accionados en once y las personas físicas figuran como demandadas, recurridas, impugnadas o accionadas en cuatro.

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