Juez de caso Odebrecht rechaza otra vez designación de peritos

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El juez Francisco Ortega Polanco declaró este jueves  inadmisible la designación de un perito antilavados y un traductor y además rechazó el nombramiento de un contable para realizar un peritaje a las cuentas de Conrado Pittaluga, implicado en el caso Odebrecht, lo que originó que se caldearan los ánimos en la audiencia.
El pasado miércoles, la defensa de Pittaluga, durante sus argumentaciones para defender a su cliente, solicitó por tercera ocasión al magistrado Ortega Polanco la designación de un traductor legal del portugués al español para las traducciones de las delaciones de los ejecutivos de la compañía, un experto en antilavado y un contable para realizar experticias a los informes y balances financieros de Pittaluga.
Ortega Polanco en su decisión de declarar inadmisible la solicitud de designación del intérprete para las traducciones del portugués al español, indicó que  mantiene la posición adoptada en las otras ocasiones ya que los intérpretes no son peritos y las traducciones de éstos no tiene valor de pericia sino de testimonios.
Dijo que es notoriamente impertinente incorporar bajos los términos de las pericias a un intérprete judicial para que determine si en las delaciones premiadas se menciona el nombre de Pittaluga “cuando se ha dicho que las partes pueden contradecir el contenido de la traducción libremente”.
Explicó que el mismo Pittaluga propone originales de traducciones realizados por un traductor.
Asimismo, el magistrado afirmó que rechazó el nombramiento de un contable  para un peritaje de los financieros de los movimientos bancarios ya que a la altura del proceso incorporar como prueba un informe sobre los movimientos de las cuentas, carece de impertinencia procesal, además de que Pittaluga ofertó entre sus pruebas copias de los análisis financieros.
Explicó que la doctrina y la jurisprudencia admiten que las partes pueden incorporar sin necesidad de un peritaje las denominadas pericias particulares u opiniones especializadas sobres aspectos del proceso que pueden ser incorporadas.
Sobre el experto antilavado el juez dijo que la impertinencia de que los jueces se auxilien de peritos jurídicos o cuyas averiguaciones tenga ese nivel atañen una prohibición constitucional, es decir,  la de delegar la jurisdicción es una responsabilidad exclusiva del juez.
Ante la decisión del juez los abogados de Pittaluga sometieron un recurso de oposición.
Luego de ponderar el juez reiteró su decisión y recesó la audiencia para el próximo lunes.

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